Este espacio diseñado por Miguel Vte. Segarra, pretende tener actualizados la legislación, los principales problemas y posibles alternativas desde un punto de vista progresista de NUESTRO SISTEMA PÚBLICO DE PROTECCIÓN SOCIAL
Mostrando entradas con la etiqueta recortes. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta recortes. Mostrar todas las entradas
martes, 8 de abril de 2014
TRATAMIENTO FISCAL DE LA SUBVENCIÓN DEL PREPARA.
TRATAMIENTO FISCAL
DE LA SUBVENCIÓN DEL PREPARA.
El
tratamiento fiscal del PREPARA ha sido objeto de debate desde su creación.
Muchas
Oficinas del SEPE no coincidían en lo más elemental, es decir, si era una renta
de trabajo o una ganancia patrimonial, o incluso, si esta ayuda era una renta
sujeta a IRPF o exenta.
Sin
embargo, con el inicio de la campaña de renta y ante las dudas de varias Oficinas
del
SEPE, se consultó a la AEAT,
recibiendo el criterio, de acuerdo con el cual, la ayuda PREPARA debe computarse
como renta sujeta al IRPF.
El Real Decreto-Ley
1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al
empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas
(BOE del día 12), reguló en su artículo 2 el programa de recualificación
profesional de las personas que agotaran su protección por desempleo, mediante
una ayuda económica del 75 por ciento del IPREM mensual, hasta un máximo de
seis meses, cuando la persona solicitante careciera de rentas de cualquier
naturaleza superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del Salario Mínimo
Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
El citado programa ha
sido objeto de sucesivas prórrogas por las siguientes normas:
·
Real Dto-Ley 10/2011,
Real Dto-Ley 20/2011, Real Dto-Ley 23/2012 y
·
Real Dto-Ley 1/2013.
En primer lugar procede señalar, respecto a
la ayuda económica que incorpora el
rograma,
que su obtención comporta para sus beneficiarios la realización del hecho imponible
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (obtención de renta por el
contribuyente), renta que, a su vez, no se encuentra amparada por ninguno de los
supuestos de exención establecidos legalmente.
En cuanto a su
calificación, el destino del programa a personas desempleadas nos lleva al
artículo 17 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos
sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE
del día 29), donde se establece lo siguiente:
“1.
Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones
o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie,
que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral
o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas.
Se
incluirán, en particular:
a)
Los sueldos y salarios.
b)
Las prestaciones por desempleo. (…)”.
Con esta
configuración legal de los rendimientos del trabajo solo puede
concluirse que
las ayudas económicas públicas a personas desempleadas objeto de consulta tienen
la consideración, a efectos del IRPF, de rendimientos del trabajo.
Ahora bien, esta calificación
como rendimientos del trabajo no amparados por exención alguna no comporta de
forma automática su tributación efectiva en el IRPF, pues (debido al importe de
la ayuda) esta tributación dependerá también de la existencia de otras rentas y
puede quedar sin efecto por la aplicación de la reducción por obtención de
rendimientos del trabajo y del mínimo personal y (en su caso) familiar que se
recogen en los artículo 20 y 56 de la Ley 35/2006.
martes, 29 de octubre de 2013
“Terminaremos jubilándonos a la misma edad pero con una pensión del 40%”
“Terminaremos jubilándonos a la misma edad pero con una pensión del 40%”
- José Luis Tortuero asegura que los planteamientos de trabajar hasta los 70 años son de “imposible cumplimiento”.
- “Para que los jóvenes tengan fe en el sistema de pensiones hay que trabajar sobre el empleo digno”.
Leyre González Grande - San Sebastián
28/10/2013 - 19:12h
José Luis Tortuero, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Complutense de Madrid, y miembro del Comité de Expertos sobre el Factor de Sostenibilidad del Sistema Público de Pensiones, imparte la conferencia 'La reforma de la pensión de jubilación' en el Centro Cultural Koldo Mitxelena de San Sebastián.
Pregunta: Según la última reforma, ¿qué es lo que pretende a hacer el Gobierno de España con su sistema público de pensiones?
Respuesta: La crisis, la seguridad social y el sistema de pensiones han convivido con periodos de crisis y de bonanza. El problema es que ahora tenemos el peor de los escenarios. Lo que se consigue con reformas de este calado es romper el compromiso social, romper el pacto de Toledo, crear alarma social y no es el momento idóneo para provocar todo esto. Lo que ocurre es que Bruselas nos ha puesto fecha; le ha dicho al Gobierno que el factor de sostenibilidad tiene que estar listo antes del 31 de diciembre. El impacto fuerte es el que en el proyecto de ley se llama Índice de Revalorización, que produce un impacto de ahorro a partir del día 1 de enero porque mientras estemos en situación de crisis, las pensiones no subirán más de un 0,25%.
Eso no es congelar las pensiones en términos absolutos pero si hacemos cálculos el incremento es tan mínimo que no puede afirmarse que las pensiones se revaloricen. Si esto lo hacemos con efecto permanente, no estamos llevando a cabo medidas de lucha contra la crisis, estamos haciendo otra cosa. Habrá problemas con la población, porque ésta envejece, pero eso lo sabíamos hace 40 años, no lo hemos descubierto hoy y sin embargo no hemos hecho nada nunca. Plantearnos ahora los retos que vamos a tener que hacer en 2050 en la situación en la que estamos me parece cuanto menos discutible. Si eso lleva implícito romper todos los pactos que nos ha costado tanto trabajo construir, me parece que no es una decisión acertada.
P: Las previsiones aseguran que para 2050, la mayoría de la población estará comprendida entre los 65 y los 85 años. ¿Hay una vía menos contundente que la actual para que el sistema público de pensiones siga siendo viable bajo estas condiciones?
R: Lo que debemos hacer es trabajar sobre el empleo y sobre la productividad al margen de trabajar sobre la estructura demográfica. Sabemos desde finales de los años 80 que nuestra tasa de natalidad es bajísima, hemos llegado a ser el país del mundo con menor tasa de natalidad, y en cambio no tenemos ni una sola medida que incentive esto. Hemos paralizado todas las políticas de conciliación de la vida laboral y familiar; no tenemos ni una sola medida de incentivación de la permanencia en activo de los mayores de 55 años; no estamos haciendo nada en materia de I+D para que nuestras tasas de productividad mejoren. Hay muchas cosas que hacer que no sean tijera, que es lo fácil.
P: ¿Y es el envejecimiento de la población la causa real del problema? ¿O es la excusa para justificar que el sistema es insostenible?
R: Detrás de lo catastrófico hay una segunda lectura, y en este caso es la privatización. Hay que hablar con claridad y despejar los escenarios. La crisis exige determinado tipo de medidas que son coyunturales y van dirigidas exclusivamente a la crisis. Los problemas demográficos tienen otro planteamiento que además no produce efectos de la noche a la mañana, pero hay que enfrentarse a ellos. Tenemos que ocuparnos de la población activa, si es ésta quien sustenta el sistema de pensiones pero cada vez tenemos menos empleo indefinido, menos salario, más precariedad laboral y menos productividad. Con este panorama, no es que el sistema público no pueda aguantar, es que no podrá hacerlo ni el público, ni el privado, ni ninguno.
Si utilizamos una política muy agresiva que asuste a los ciudadanos, la reacción inmediata es sálvese quien pueda, y eso suele llevar a huir a las privatizaciones o hacer que el sistema cambie a la larga, pero es un error. En los periodos de crisis como el que tenemos, los resultados que han dado las pruebas en los sistemas privados de capitalización han sido nefastos. Yo soy un defensor absoluto del sistema publico.
La experiencia de todos los países latinoamericanos que hicieron grandes reformas obligados por el Fondo Monetario Internacional, se han dado cuenta con el paso de los años, de que la solución los está llevando hacia un sistema más similar al europeo, realmente más parecido al que ellos mismos tenían antes. En Europa no ha habido esas reformas tan agresivas sino pequeñas reformas, sin grandes transformaciones en sus sistemas y por algo será. Lo privado tiene su espacio, pero éste es complementario y no debería tener más.
P: ¿Podrían llegar a buscarse otras fuentes de financiación complementarias para evitar dañar tanto el sistema de pensiones?
R: Sin duda, es imprescindible. Nosotros tenemos una ventaja ahora y es que estamos utilizando nuestro propio ahorro pero en otros periodos de crisis lo que hemos utilizado son los presupuestos del Estado. Otros países han creado cotizaciones solidarias o han usado parte del IVA en periodos necesarios. Evidentemente el principio constitucional de que el Estado debe garantizar el sistema de pensiones sigue vigente, y el Estado por lo tanto, tendrá que aportar desde los fondos públicos para que el sistema se mantenga.
P: ¿Qué esperanza queda para los jóvenes de hoy en día, que apenas pueden acceder al mercado de trabajo de manera digna para empezar a sumar años de cotización?
R: A los jóvenes hay que decirles que tienen todas las garantías porque ese es el elemento esencial del mercado. Hay que trabajar sobre el empleo. Para que los jóvenes tengan fe en el sistema de pensiones hay que trabajar sobre el empleo digno, sobre el empleo indefinido y no fomentar las condiciones precarias de empleo de parcialidad, horarios precarios, salarios pequeños. Si miramos el ejemplo de Alemania y las condiciones del pacto político el salario mínimo son 1.200 euros; podríamos mirarnos en ese espejo y no en el espejo de los contratos de los 400 euros. Si el elemento de garantía del sistema de reparto es la población activa donde más hay que trabajar es en el empleo y no lo estamos haciendo. Si conseguimos un país con una población de élite muy pequeña, una clase media medio destruida y unos niveles de pobreza inmensos, estamos diseñando un país que no queremos nadie.
P: ¿Queda alguna alternativa a la resignación y los planes de pensiones privados? ¿Estamos abocados a trabajar hasta la muerte?
R: Yo creo que no, esas propuestas de trabajar hasta los 70 años son planteamientos engañosos. Si a día de hoy los trabajadores son expulsados del mercado laboral en el entorno de los 57-58 años y tienen que acogerse a pensiones muy reducidas con jubilaciones anticipadas, cabe pensar que en el futuro terminaremos jubilándonos a la misma edad pero con una pensión del 40% menos. No hay nadie que trabaje hasta los 70 años y estas cosas hay que explicárselas a los ciudadanos con claridad. Lo que hacemos si no es engañar. Plantear como ha hecho la patronal, trabajar hasta los 70, es un planteamiento de imposible cumplimiento; ¿eso qué significa?, que las pensiones se van a reducir, pero como no pueden decir que las pensiones se reducen, nos cuentan que vamos a trabajar hasta los 70, pero no; hay que hablar con claridad.
P: Las pensiones afectan a un sector desprotegido de la sociedad, ¿de qué manera debería afectar en cualquier toma de decisión el debate ciudadano?
R: Eso es lo único que nos queda. Charlas como la celebrada en el Koldo Mitxelena, en las que los profesores Landa y Terradillos han asumido la preocupación sobre las pensiones y en lugar de celebrar un acto cerrado en la universidad para un sector intelectual e investigador, han traído el debate al centro de la ciudad para que hablemos para todos los ciudadanos durante dos horas. El esfuerzo es loable. La universidad no se ha centrado en un entorno cerrado de intelectuales sino que ha abierto el debate al publico para que la ciudadanía sea la que a través de los medios que tiene, se pronuncie acerca de lo que quiere.
lunes, 17 de junio de 2013
falacias del llamado comité de "expertos"
Los errores y falacias del llamado comité de expertos sobre las pensiones públicas
Es también profesor de Políticas Públicas en The Johns Hopkins University (Baltimore, EEUU) donde ha impartido docencia durante 35 años. Dirige el Programa en Políticas Públicas y Socialespatrocinado conjuntamente por la Universidad Pompeu Fabra y The Johns Hopkins University. Dirige también el Observatorio Social de España.
Es uno de los investigadores españoles más citados en la literatura científica internacional en ciencias sociales
Vicenç Navarro ha sido Catedrático de Economía Aplicada en la Universidad de Barcelona. Actualmente es Catedrático de Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Pompeu Fabra (Barcelona, España).
Etiquetas:
factor de sostenibilidad,
Fondo de reserva,
hucha de las pensiones,
Pensiones,
recortes,
revalorización,
Seguridad Social,
Sistema de reparto
martes, 4 de junio de 2013
Financiación, Fondo de Reserva y factor de sostenibilidad
JORNADAS CCOO PV
"Factor de sostenibilidad"
27 de mayo 2012
El incierto futuro de la Seguridad Social: financiación, Fondo de Reserva y factor de sostenibilidad
Juan López Gandía
Pincha aquí: PRESENTACIÓN
JORNADAS CCOO PV
"Factor de sostenibilidad"
27 de mayo 2012
El incierto futuro de la Seguridad Social: financiación, Fondo de Reserva y factor de sostenibilidad
Juan López Gandía
Pincha aquí: PRESENTACIÓN
Etiquetas:
factor de sostenibilidad,
Fondo de reserva,
hucha de las pensiones,
jubilaciones,
RD Ley,
recortes,
Seguridad Social,
Subsidio mayores 52/55
viernes, 31 de mayo de 2013
SOSTENIBILIDAD Y REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES
SOSTENIBILIDAD Y REFORMA
DEL SISTEMA DE PENSIONES
Adolfo Jiménez Fernández, secretario general de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social –OISS, y ex secretario de Estado de la Seguridad Social
Adolfo Jiménez Fernández comenzó recordando que "en los 80 ya se decía que en los 90 no habría pensiones. Las razones eran muy similares y la tentación era la misma: llevarnos a un sistema que diera participación en la gestión al sector privado”. En su intervención manifestó reiteradamente su desconcierto ante la prisa que parece impulsar el debate, ya que “recientemente se han aplicado importantes reformas como la ley 27/2011 y el RDL 5/2013 que ya modifican sustancialmente los parámetros que afectan a la economía del sistema público de pensiones”.
Etiquetas:
Base reguladora,
factor de sostenibilidad,
Fondo de reserva,
Hecho causante,
hucha de las pensiones,
INSS,
RD Ley,
recortes,
revalorización,
Seguridad Social,
Sentencia T. Constitucional,
Sistema de reparto,
Subsidio mayores 52/55,
Tiempo Parcial
miércoles, 15 de mayo de 2013
JORNADAS CCOO PV SOBRE FACTOR DE SOSTENIBILIDAD
¿Qué va a pasar con la hucha de las pensiones?
- El próximo 27 de mayo, a las 10:00, en el Salón de Actos de
la sede de CCOO PV en Valencia, (Pl. Nápoles y Sicilia, 3), jornada sobre el
factor de sostenibilidad de las pensiones.
- El diputado de Iniciativa per Catalunya, Joan Coscubiela y
el secretario de Protección Social de CCOO, Carlos Bravo, entre los expertos
que participarán en la jornada.
CCOO PV organiza una jornada sobre la sostenibilidad del sistema público de Seguridad Social y de las pensiones, en un momento crucial para el futuro de uno de los puntales de nuestro Estado del bienestar.
El sistema público de reparto de pensiones, adoptado en la
Constitución y consolidado a partir de la firma del Pacto de Pensiones de 1995,
está en permanente cuestionamiento por parte del Gobierno y de las
instituciones europeas. Las políticas de ajuste propugnadas desde la Unión
Europea, la pérdida de empleo y en consecuencia el descenso de ingresos en la
Seguridad Social, está generando tensión en el sistema público.
Por todo ello, CCOO PV y la Escuela Sindical Ramón Paredes han preparado una
jornada en torno a la sostenibilidad del sistema público de seguridad social y
de pensiones. El momento es más que oportuno, puesto que el Ministerio de
Empleo y Seguridad Social le ha encargado a un grupo de personas expertas un informe sobre el
futuro del sistema público de servicios sociales.
El sindicato invita a todas las personas interesadas a participar en las
conferencias y debates. Debido al aforo limitado, es necesario inscribirse en
la jornada a través del formulario que encontraréis en el enlace. http://www2.pv.ccoo.es/sistemapensions/
Programa:
'La hucha de las pensiones y factor de sostenibilidad en la Seguridad Social'
1. EL SISTEMA DE
SEGURIDAD SOCIAL FINANCIACIÓN, FONDO DE RESERVA Y REVALORIZACION DE LAS
PENSIONES.
Juan López Gandía, catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Politécnica de Valencia.
2. FACTOR DE SOSTENIBILIDAD,
SENTENCIAS TC Y TJUE, IMPACTOS Y EFECTOS. PERSPECTIVAS EN MATERIA DE PENSIONES.
Carlos Bravo Fernández, secretario de Protección Social y Políticas Públicas de la CS de CCOO.
3. LAS PROPUESTAS EN LA
COMISIÓN PARLAMENTARIA (Pacto de Toledo).
Joan Coscubiela, diputado en el Congreso por Iniciativa per Catalunya (Izquierda Plural). Ex-secretario general de la CONC
4. SOSTENIBILIDAD Y REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES
Adolfo Jiménez Fernández, secretario general de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social –OISS, y ex secretario de Estado de la Seguridad Social
La presentación irá a cargo de Miguel Segarra, Escuela Sindical Ramón Paredes, y moderará el debate Eva Hernández, secretaria de Políticas Públicas y Políticas Sociales de CCOO PV.
Etiquetas:
factor de sostenibilidad,
Fondo de reserva,
jubilaciones,
recortes,
revalorización,
Seguridad Social,
Subsidio mayores 52/55
viernes, 3 de mayo de 2013
actualizaciones
ç Se han actualizado las secciones del Blog
· Jubilación anticipada
· Incapacidad Temporal (se ha incorporado modelo de reclamación previa en caso de alta medica irregular)
Están actualizándose:
· Incapacidad Parcial
· Infracciones a la Seguridad Social
Etiquetas:
Base reguladora,
desempleados,
factor de sostenibilidad,
Fondo de reserva,
Hecho causante,
hucha de las pensiones,
jubilaciones,
Pensiones,
recortes,
Seguridad Social,
Sistema de reparto,
Subsidio mayores 52/55,
Tiempo Parcial
jueves, 25 de abril de 2013
LA SEGURIDAD SOCIAL: CONQUISTA DEMOCRÁTICA
NUESTRA SEGURIDAD SOCIAL UNA CONQUISTA DEMOCRÁTICA
La Seguridad Social debería aspirar a cubrir las situaciones de necesidad de la ciudadanía mediante el diseño de un esqueleto de normas legales y reglamentarias de protección y la definición legal de las situaciones que a discreción de quienes legislan en cada momento, son merecedoras de protección social. Justamente el Derecho de la Seguridad Social es el conjunto de normas, técnicas y procedimientos que tienen por objeto la definición de las necesidades sociales sobre las que va a intervenir el Estado y el establecimiento de los mecanismos de cobertura de las mismas, concretando previamente el grado que esa intervención debe alcanzar.
No puede hablarse de Seguridad Social en sentido exacto hasta el siglo XX. Con anterioridad, las metodologías de cobertura de las necesidades habían adoptado formas diversas, aunque no alcanzaba ninguna, con rigurosidad, una función del Estado en términos similares a las actuales. En el pasado la cobertura de las señaladas situaciones de necesidad se acometía mediante dos métodos:
1ª. Las técnicas asistenciales: asistencia familiar, la asistencia privada y la beneficencia pública
2ª. Las técnicas de previsión: ahorro individual, seguro privado y a las mutualidades y montepíos.
Aunque, lógicamente, estas técnicas de protección mantienen hoy su vigencia, su alcance y relevancia ha quedado patentemente rebajado con la consolidación de los Sistemas Públicos de Seguridad Social.
La raíz de nuestro Sistema de Seguridad Social se encuentra en la responsabilidad por daño en que se cimentaban las indemnizaciones y prestaciones contenidas en la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900, en caso de incapacidad y de fallecimiento. Por ello, en ese primer momento, sólo los daños producidos por un accidente laboral generaban derecho a recibir una ayuda económica.
El mecanismo de protección que diseñaba esa Ley era un seguro de responsabilidad, al limitarse el legislador a imponer al empresario la obligación de indemnizar en los casos en los que se producía el fallecimiento o la incapacidad del trabajador, dejando exclusivamente en manos del empleador la decisión de asegurar ese riesgo, o hacerle frente con los recursos económicos de los que dispusiese en el momento del accidente. Esta fórmula de cobertura no suponía la creación de un seguro obligatorio que cubriese el riesgo, sino la mera exigencia de responsabilidad al empresario por la generación de un daño, en aplicación de básicas reglas de responsabilidad civil.
Este tipo de protección cubría sólo las contingencias directamente relacionadas con el trabajo por cuenta ajena, porque sólo respecto a ellas se entendía que el empresario asumía un riesgo que derivaba en un daño indemnizable. Hoy la responsabilidad empresarial por daño derivado de accidente de trabajo o de enfermedad profesional puede apreciarse en figuras como el recargo de prestaciones en caso de incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, o la indemnización civil que puede reconocerse en estos casos al trabajador o a su familia.
En la aspiración de las personas a conseguir un mundo que ofrezca condiciones de vida que permitan desarrollar sus potenciales como tales y alcanzar la dignidad que a todos nos corresponde, tenemos que reconocer que en ya en el siglo XXI las cosas no son tan simples y claras como podían parecer en tiempos pasados recientes, cuando nuestros itinerarios de vida se trazaban de acuerdo, si no de certezas absolutas, al menos con previsiones prudentes. Pero no es menos cierto que el siglo XX ha dejado la buena herencia, al menos en lo que hasta hoy era Europa, de poner en marcha un modelo social europeo que hoy esta siendo cuestionado por el poder de las grandes corporaciones económica. Resulta que el pasado en realidad no es tan antiguo, ya que solo en la segunda mitad del siglo XX una parte importante de la ciudadanía europea ha podido hacer previsiones razonables ligadas al un trabajo estable y con derechos que permitía disponer de medios para una vida sin caer en la pobreza, ha podido disfrutar de garantías de ingresos cuando por algún motivo (vejez, invalidez o desempleo) el empleo escaseaba, y de atención sanitaria digna frente en los casos enfermedad o accidente. Lo que quiere decir que se enfocaron soluciones a viejos problemas de pobreza de las personas poniendo coto a la, en aquel tiempo, arriesgada existencia de la mayoría de las personas: se les facilitó seguridad para una existencia más digna.
Esta forma de entender la democracia implica que las personas abandonan la zona de la inseguridad gracias a que se les reconocen derechos que les permiten ocupar un puesto como miembros de pleno derecho de la sociedad, es decir, como ciudadanos.
Los mecanismos de representación de las democracias europeas son, de forma asombrosa, bastante deficientes. El reconocimiento de derechos, especialmente de los sociales, que comienza a hacerse a partir del Canciller Weimar, empezó a permitir entrar en la esfera de la ciudadanía a los excluidos, mejorando de ese modo la calidad de la vida democrática. Los derechos, especialmente los derechos sociales, son la cara positiva de la moneda en las deficiencias de los mecanismos de representación propios de las democracias clásicas, que, todavía hoy, en gran medida dejan sentir su peso hasta en los mejores sistemas.
El reconocimiento de derechos sociales fue fruto de la movilización social y política de la clase trabajadora, pero se hizo asumiendo esas demandas, por el conjunto de la sociedad. El hecho de que la ciudadanía en una sociedad cada vez mas compleja, en la que se encuentran inevitablemente interconectados e interdependientes como lo nunca lo habían estado, han perdido el control sobre la estructura y medios de su propia existencia y, por tanto, la necesidad de utilizar bienes y servicios sobre los que carecen de poder de ordenación y disposición directa, produce la pobreza, penuria y precariedad social, es decir, la inestabilidad en sus vidas. Y esto le puede ocurrir a la mayoría de la población, no solo a cierta clase, la tradicionalmente empobrecida y excluida.
Los derechos sociales que se reconocen en las constituciones ulteriores a la segunda guerra mundial afectan tanto al ámbito privado, como el derecho de los trabajadores y trabajadoras a no ser despedidos sin causa justa, y en general los derechos reconocidos en la relación de trabajo por cuenta ajena, como al ámbito público, como son los derechos a prestaciones sociales ante los estados de necesidad. El modo como se han reconocido derechos subjetivos a prestaciones (económicas o en especie) que el Estado debe garantizar, supone una profunda transformación del Estado mismo que le exige poner en pié un organismo que cree un campo jurídico en el que se integre la ciudadanía y en el que se establezcan obligaciones y derechos, una institución u organismo que necesita disponer de monumentales recursos económicos para hacer frente a los estados de necesidad de la ciudadanía. Significa, ni más ni menos, la opción a favor de la Seguridad Social Pública.
La Seguridad Social se convierte en un instrumento esencial para la garantía de las condiciones de existencia de las personas, y por ello en el núcleo o corazón del Estado Social y Democrático de Derecho porque no es otra cosa que la seguridad de las personas, organizada por el estado, contra los riesgos a que están expuestas dichas personas, aún cuando la sociedad se organice de la mejor forma posible.
La Seguridad Social es un plan especifico y preciso a disposición de todo gobierno que previamente adopte la decisión política de abolir la pobreza, cuya puesta en práctica puede exigir, según los casos, medidas técnicas más o menos complejas, pero eso es meramente un problema administrativo y de ejecución. Lo importante es la opción por la Seguridad Social que en la mayoría de los estados europeos ya está hecha por sus constituciones y por tanto queda limitada la libertad del legislativo en este punto, que no puede sino mantener el Sistema de Seguridad Social protegido así por una garantía constitucional. Esa fuerte protección de las constituciones, está justificada porque, como ya se ha dicho, es el núcleo del Estado Social. Se asume, porque una dura experiencia histórica ha impuesto, que no puede haber libertad allí donde la ciudadanía se encuentran en estado de necesidad.
La situación ahora no es la misma que la de los años sesenta o setenta del pasado siglo, por eso se hablaba del “pasado”. Fueron los años dorados para algunos países europeos, pero no lo fueron para la mayoría de los hispanoamericanos o para España que estaban sumidos en terroríficas dictaduras militares. Hoy las cosas han cambiado pero estamos viendo cómo la pobreza y la miseria se ha hecho más intensas en continentes en los que el bienestar nunca se había generalizado. Al mismo tiempo en los países más desarrollados las nuevas tecnologías han reducido la cantidad de trabajo necesaria al proceso productivo. La flexibilidad (entendida como mayor disponibilidad del empleador en el uso de la fuerza de trabajo, incluida una mayor facilidad para el despido) que comporta precariedad significa, ni más ni menos, que el Estado y la economía traspasan los riesgos a las personas, lo que es ir en la dirección contraria a poner al amparo de las consecuencias de los riesgos sociales a toda la ciudadanía.
Los recortes en los derechos a prestaciones que se pretenden justificar por una crisis financiera de los Sistemas de Seguridad Social contribuyen a generalizar entre la población un estado de ánimo de que el futuro está marcado por la inseguridad con una vuelta a una existencia expuesta, a pesar de que la experiencia ha probado que esto puede ser evitado. Es más que probable que este retroceso sea una respuesta de la derecha social y política al debilitamiento de la norma laboral producida por el pleno empleo pero eso implica que el capitalismo de los propietarios, que no tiene otro objetivo que los beneficios y produce un divorcio entre trabajadores, Estado y democracia, está renegando de su propia legitimidad. La utopía neoliberal es una forma de analfabetismo democrático.
Copyright © Miguel Vte. Segarra 2013. Todos los derechos reservados.
Etiquetas:
Base reguladora,
desempleados,
factor de sostenibilidad,
Fondo de reserva,
Hecho causante,
hucha de las pensiones,
incapacidades,
Invalidez,
jubilaciones,
Pensiones,
recortes,
Seguridad Social,
Sistema de reparto,
Subsidio mayores 52/55
jueves, 18 de abril de 2013
SENTENCIA DEL CONSTITUCIONAL SOBRE TIEMPO PARCIAL
Dada la importancia de esta Sentencia para la modalidad de
contratación en la actualidad, hemos actualizado los supuestos prácticos. Asimismo y por la similitud
que presenta con el contrato a tiempo parcial, dedicamos una parte de esta
SECCIÓN a los trabajadores fijos discontinuos o personal detemporada (temporeras y temporeros).
ACTUALIZADO A 14/4/2013
Suscribirse a:
Entradas (Atom)




