Ante diversa rumurología en las redes sociales sobre criterios de reposición en los EREs sufridos desde el 1 de enero de 2014, os adjunto criterios que aplica el SEPE
Fin del período de aplicación de la reposición durante 2014.
El derecho a la
reposición se ha venido reconociendo en nuestro ordenamiento jurídico desde el
RD-ley 2/2009, y con efectos desde el 1 de octubre de 2008, con distintas
regulaciones y prórrogas.
Ante la ausencia de la
ampliación del plazo para la reposición del derecho a la prestación por
desempleo para períodos posteriores a los fijados en la Ley 3/2012, en relación
con las suspensiones o reducciones de jornada que, en ejecución de los acuerdos
o comunicaciones citados, tengan efectividad a partir de 1 de enero de 2014, y
con independencia de la fecha del acuerdo empresarial, se indica lo siguiente:
- Si la
suspensión del contrato o la reducción de la jornada se inician
efectivamente con posterioridad al 31 de diciembre de 2013, los trabajadores afectados
por dichas medidas no tendrán derecho a la reposición de las
prestaciones por desempleo, con independencia de la fecha en la que tenga
lugar el posterior despido en virtud de los artículos 51 ó 52 c) del
vigente Estatuto de los Trabajadores (ET).
- Si los
despidos en virtud de los artículos 51 y 52 c) del ET, tienen lugar antes
del 31 de diciembre de 2014, y los trabajadores se vieron afectados por
las medidas de suspensión o reducción entre el día 1 de enero de 2012 y
el 31 de diciembre de 2013, tendrán derecho a la reposición de las
prestaciones cuya duración corresponderá al número de días de suspensión o
reducción de jornada hasta esa fecha, pero siempre con el límite de
180 días, tal y como establece el artículo 16 de la Ley 3/2012
En consecuencia, con independencia de que los trabajadores hayan
consumido
más o menos de 180 días durante la suspensión o reducción de jornada que haya
tenido lugar hasta el día 31 de diciembre de 2013, no tendrán derecho a la
reposición de los días en que se encuentren afectados por las dichas medidas
con posterioridad al día 31 de diciembre de 2013 pese a que continúen
afectados por medidas de suspensión o reducción más allá de esa fecha.
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